HAY PROTECCIÓN PARA ANIMALES EN ZOOLÓGICOS EN NUEVO LEÓN. 

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La reforma a la Ley de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad del Estado de Nuevo León prohibirá a los zoológicos, la donación, préstamo o venta de ejemplares a ranchos de cacería, cuando se encuentren bajo resguardo como el del Parque La Pastora. 

El decreto publicado, en el Periódico Oficial del Estado, entró en vigor desde este 8 de junio, donde también se establece, que no podrán dar muerte de manera intencionada a los animales, sin causa justificada, actos de maltrato, abandono o liberar de forma negligente a las especies.   

“Se reforma la Ley de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad del Estado de Nuevo León, con la adición de un capítulo IV bis, denominado “De los Parques Zoológicos”, que contiene los artículos 21 bis al 21 bis 8, para que se permita la satisfacción de las necesidades biológicas y conservación de las especies”, cita el documento.

La modificación comprendida en el artículo 21, tiene por objetivo alojar a los animales en condiciones que permitan la satisfacción de sus necesidades biológicas y de conservación, ya sea en establecimientos públicos o privados.

Con esto mencionado, deberán contar con un programa de atención veterinaria, para la asistencia de los animales que estén enfermos, tratamientos quirúrgicos adecuados, revisión periódica y planes de nutrición.

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