LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN DECLARA QUE CORRIDAS DE TOROS Y PELEAS DE GALLOS NO SON PATRIMONIO CULTURAL

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que las corridas de toros y las peleas de gallos no pueden ser consideradas patrimonio cultural e inmaterial de los estados del país.
Con cuatro votos, la Segunda Sala de la Corte avaló la propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán en la que consideró que cualquier práctica que suponga el maltrato, la tortura y la muerte de los animales, no puede ser considerada una expresión cultural.

Mucho menos, que las entidades federativas tengan competencia para emitir decretos que hagan este tipo de declaratorias, por lo que con su resolución, la Corte invalidó el decreto de Nayarit emitido en 2019 por el cual se declaró que la tauromaquia y las peleas de gallos forman parte de la cultura de ese estado.

“Cualquier práctica que suponga el maltrato, la tortura y la muerte de los animales sintientes, atento a meros fines de recreación o entretenimiento humano, no puede considerarse una expresión que pueda ser sujeta de protección especializada y reforzada, bajo los derechos culturales”, concluyó la SCJN.

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