DOF PUBLICA DICTAMEN DE VACACIONES DIGNAS ENTRAN EN VIGOR PARTIR DE LA PRIMERA HORA DE 2023.

El Diario Oficial de la Federación publicó la tarde de ayer el decreto por el que se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones.


El Diario Oficial de la Federación publicó la tarde de ayer el decreto por el que se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones.

La llamada reforma de vacaciones dignas entrará en vigor este 1 de enero de 2023 y tiene como principal reforma aumentar de 6 a 12 los días mínimos de vacaciones para los trabajadores para el primer año laborado.

El documento, publicado por el DOF deja constancia de la reforma a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

  • Artículo 76.- Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios.
  • A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.
  • Artículo 78.- Del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, la potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuida en la forma y tiempo que así lo requiera.

Durante su conferencia matutina de ayer, el presidente Andrés Manuel López Obrador informó que ya había firmado el decreto.

A partir de 2023, los trabajadores tendrán derecho a 12 días continuos de vacaciones pagadas después de cumplir el primer año de trabajo, según la ley firmada por el presidente López Obrador.

Las vacaciones aumentarán dos días después de cada año cumplido hasta llegar a un máximo de 20 días, lo mínimo establecido por la Organización Mundial del Trabajo.

  • 1 año: 12 días
  • 2 años: 14 días
  • 3 años: 16 días
  • 4 años: 18 días
  • 5 años: 20 días
  • 6 a 10 años: 22 días
  • 11 a 15 años: 24 días
  • 16 a 20 años: 26 días
  • 21 a 25 años: 28 días
  • 26 a 30 años: 30 días
  • 31 a 35 años: 32 días

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