DELITOS COMETIDOS A BORDO O UTILIZANDO MOTOCICLETAS SERÁN CASTIGADOS CON MAYORES SANCIONES.

Se aprobó por unanimidad por parte del Congreso del Estado, la reforma al articulo 218 , para establecer el supuesto a los robos que se comentan con la utilización de una motocicleta.

‘’Las motocicletas son vehículos de transporte muy atractivas para la población. Sus ventajas como poco espacio, gran versatilidad, precio accesible y velocidad han permitido que sea considerada como una opción dinámica para la movilidad y las necesidades del trabajo, tanto rural como urbana. No obstante, sus ventajas les permite efectuar sus actos ilícitos y retirarse a una velocidad, ya que para escapar en medio del tráfico de las ciudades o de lugares solitarios’’ comentaron las autoridades del Congreso.

Por lo que el robo en/con motocicletas, tendrá una indícenla en delitos fuero del común como diferentes tipos de robos entre los transeúntes, automovilistas ,e n espacios públicos, entre otros.

Con esta reforma se amplía el catálogo de conductas de robo calificado que se tipifica y sanciona en el artículo 218, del Código Penal del Estado de San Luis Potosí́, para establecer el supuesto que se refiere de manera específica a los robos que se cometan mediante la utilización de una motocicleta.

Y así́, evitar que este tipo de conductas se vuelvan más comunes en nuestra entidad, por lo que al modificar la norma punitiva, se fortalece a las autoridades encargadas de la labor de seguridad pública con las herramientas necesarias para el ejercicio de sus funciones, y se aleja de las calles a este tipo de delincuentes.

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