JAPÓN CONFIRMA LA PROHIBICIÓN DEL MATRIMONIO HOMOSEXUAL

Un tribunal del Distrito de Osaka de Japón indicó que la prohibición del matrimonio homosexual no es inconstitucional y rechazó la demanda de tres parejas del mismo sexo.

Se autorizó el reconocimiento que hace la Constitución de Japón hacia el matrimonio “basado únicamente en el consentimiento mutuo de ambos sexos”, entendiendo que sólo puede ser entre un hombre y una mujer.

Con el fallo se desestimó la solicitud de compensación económica de un millón de yenes que habían exigido tres parejas que apelaban que el artículo 14 de la Constitución estipula la igualdad ante la ley y la no discriminación en las relaciones políticas, económicos o sociales por razones de raza, credo, sexo, condición social u origen.

Esta última es la provisión esgrimida por el gobierno de Japón para resistirse a la legalización del matrimonio homosexual y se considera un revés para los derechos de las parejas homosexuales, después de que el Tribunal del Distrito de Sapporo (norte) declarara en marzo de 2021 como inconstitucional la postura del Ejecutivo, la cual definió como “un trato discriminatorio sin base racional”.

En ese momento, tres parejas de la región decidieron presentar la demanda tras intentar registrarse como matrimonios y ser rechazas bajo el argumento de que los matrimonios entre personas del mismo sexo no tienen estatus legal en el país.

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