PUNTOS INFONAVIT NO SE VERÁN AFECTADOS POR REFORMA DE SUBCONTRATACIÓN LABORAL

PUNTOS INFONAVIT NO SE VERÁN AFECTADOS

El delegado local del Infonavit Martin Dorantes Peña, señalo, que el Instituto aplicó nuevos criterios temporales para que las personas que trabajaban bajo un esquema de subcontratación laboral y que fueron contratadas directamente no pierdan puntos en su precalificación y estos puedan solicitar su crédito Infonavit.

Señalo que es con el objetivo de que las personas beneficiadas por la reforma en materia de subcontratación laboral, no pierdan sus puntos para acceder a un crédito para obtener una vivienda, por ello estableció criterios especiales para que conserven el puntaje que tenían antes de cambiarse de empresa.

Lo anterior, debido a que muchas empresas, en línea con el cumplimiento a la reforma de subcontratación laboral, decidieron realizar adecuaciones a las nóminas de sus empleados y darlos de alta en un Número de Registro Patronal (NRP) nuevo o existente, abandonando dicha figura.

Técnicamente, los trabajadores que fueron parte de esta migración laboran para una nueva empresa, por lo que se verían afectados sus puntos para acceder a un crédito Infonavit. Sin embargo, el Instituto estableció criterios especiales para que estas personas conserven el puntaje que tenían previo a la migración, siempre y cuando el NRP al que fueron adscritos esté asociado al grupo empresarial para el que trabajan.

Para que las y los trabajadores puedan acceder a este beneficio, la empresa para la que laboran debe ingresar al portal empresarial y llevar a cabo un trámite de asociación de NRP ante el Instituto.

En dicho proceso se detalla cuál era el NRP origen y cuál es el NRP destino, con la intención de identificar aquellos movimientos derivados de la reforma.

La reforma al artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo prohibió la subcontratación de personal, es decir, la transferencia de trabajadores propios hacia otra empresa, y aparecer como patrones sin tener ninguna actividad productiva. Ahora, las empresas deberán transferir y reconocer como trabajadores propios a todos aquellos y aquellas trabajadores que realizan las actividades principales, relacionadas con su objeto social y actividad económica preponderante.

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